En esta entrada ofrezco un Resumen de la Constitución Española, indicando cada Artículo y brevemente el contenido de éste, así como la estructura general de todo el documento, para facilitar así su aprendizaje de memoria y comprender la temática de cada Título.
Resumen Contenido de los Artículos de la Constitución
TÍTULO PRELIMINAR (artículos 1 a 9)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 1
Define la forma en que se constituye España y los valores superiores de su ordenamiento jurídico. Define en quién reside la soberanía nacional. Define la forma política del Estado Español.
Artículo 2
Determina la indisoluble unidad de la Nación Española. Reconoce Y Garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran la Nación Española.
Artículo 3
Determina la lengua oficial del estado y la oficialidad de otras lenguas españolas pertenecientes a las respectivas Comunidades Autónomas.
Artículo 4
Define las características de la bandera de España así como permite a los Estatutos reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas.
Artículo 5
Determina la capital del Estado.
Artículo 6
Define la función de los partidos políticos.
Artículo 7
Define la función de los sindicatos de trabajadores así como de las asociaciones empresariales.
Artículo 8
Define la función de las Fuerzas Armadas.
Artículo 9
Determina la obligada obediencia de los ciudadanos y poderes públicos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Determina la obligación de los poderes públicos de promover la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra. Garantiza el principio de legalidad. Garantiza la jerarquía normativa. Garantiza la publicidad de las normas. Garantiza la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales. Garantiza la seguridad jurídica. Garantiza la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
TÍTULO I. De los Derechos y Deberes Fundamentales (artículo 10)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 10
Define la dignidad de la persona y los derechos inviolables que le son inherentes como fundamento del orden político y la paz social. Define el libre desarrollo de la personalidad y el respeto a la ley y a los derechos de los demás como fundamento del orden político y la paz social. Determina que la interpretación de la Constitución sea de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y demás Tratados Internaciones ratificados por España.
TÍTULO I. Capítulo Primero. De los Españoles y los Extranjeros (artículos 11 a 13)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 11
Define las características relativas a la nacionalidad española y a la doble nacionalidad.
Artículo 12
Determina la edad necesaria para ser considerado mayor de edad.
Artículo 13
Define las libertades públicas correspondientes a los extranjeros en España. Determina los casos en que se aplica la extradición. Determina los casos en que se concede el derecho de asilo en España.
TÍTULO I. Capítulo Segundo. Derechos y Libertades (artículo 14)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 14
Garantiza la igualdad de los españoles ante la ley, sin discriminación por raza, sexo, religión, nacimiento, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
TÍTULO I. Capítulo Segundo. Sección 1ª. De los Derechos Fundamentales y de las Libertades Públicas (artículos 15 a 29)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 15
Garantiza el derecho a la vida y a la integridad física y moral. Define cuando queda abolida la pena de muerte.
Artículo 16
Garantiza la libertad religiosa y el carácter aconfesional del estado Español.
Artículo 17
Trata del derecho a la libertad y las normas que deben cumplirse en el caso de la detención preventiva.
Artículo 18
Trata del derecho al honor y la intimidad tanto personal como familiar.
Artículo 19
Garantiza el derecho a circular por el territorio nacional o bien salir o entrar en él, así como el derecho a elegir libremente su lugar de residencia.
Artículo 20
Reconoce Y Protege el derecho a la difusión libre de pensamientos, ideas y opiniones a través de los distintos medios. Reconoce Y Protege el derecho a la producción literaria, artística, científica y técnica. Reconoce Y Protege el derecho de cátedra. Reconoce Y Protege el derecho a comunicar o recibir información veraz. Trata de los medios de comunicación y la libertad de expresión.
Artículo 21
Trata del derecho de reunión.
Artículo 22
Reconoce el derecho de asociación y regula las características de las asociaciones.
Artículo 23
Reconoce el derecho de los ciudadanos de participar en los asuntos públicos.
Artículo 24
Garantiza el derecho de los ciudadanos a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales.
Artículo 25
Trata de las penas privativas de libertad.
Artículo 26
Prohíbe los tribunales de honor en el ámbito de la Administración Civil y organizaciones profesionales.
Artículo 27
Regula el derecho a la educación, la libertad de enseñanza y las características generales del sistema educativo.
Artículo 28
Reconoce el derecho a la huelga y a sindicarse.
Artículo 29
Reconoce el derecho a petición individual y colectiva.
TÍTULO I. Capítulo Segundo. Sección 2ª. De los Derechos y Deberes de los Ciudadanos (artículos 30 a 38)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 30
Trata de la defensa de España y el servicio militar y civil.
Artículo 31
Trata del sistema tributario español y el gasto público.
Artículo 32
Trata del matrimonio y sus formas.
Artículo 33
Reconoce el derecho a la propiedad privada y la herencia.
Artículo 34
Reconoce el derecho de fundación.
Artículo 35
Reconoce el derecho al trabajo.
Artículo 36
Trata de los Colegios Profesionales.
Artículo 37
Garantiza el derecho a la negociación colectiva y el derecho de trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo.
Artículo 38
Reconoce la libertad de empresa.
TÍTULO I. Capítulo Tercero. De los Principios Rectores de la Política Social y Económica (artículos 39 a 52)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 39
Versa sobre la protección de la familia y los niños.
Artículo 40
Obliga a los poderes públicos fomentar políticas de seguridad en el trabajo, así como garantizar el descanso del trabajador y su derecho a vacaciones. Obliga a los poderes públicos fomentar políticas que busquen el pleno empleo, un progreso social y económico y una distribución equitativa de la renta regional y personal.
Artículo 41
Trata de la Seguridad Social.
Artículo 42
Obliga al Estado velar por los derechos económicos y sociales de los españoles en el extranjero.
Artículo 43
Reconoce el derecho a la protección de la salud. Trata de la salud pública.
Artículo 44
Obliga a los poderes públicos a facilitar el acceso a la cultura. Obliga a los poderes públicos a promover la ciencia y la investigación científica.
Artículo 45
Trata de la protección del medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales.
Artículo 46
Trata de la conservación y enriquecimiento del patrimonio histórico.
Artículo 47
Reconoce el derecho de todos los españoles a una vivienda digna.
Artículo 48
Obliga a los poderes públicos a facilitar la participación de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.
Artículo 49
Garantiza políticas de integración de los discapacitados así como la ayuda necesaria para que puedan hacer uso de sus derechos.
Artículo 50
Garantiza la suficiencia económica de los ciudadanos de la tercera edad y promueve su bienestar a través de un sistema de servicios sociales.
Artículo 51
Trata de la defensa de los consumidores y usuarios.
Artículo 52
Trata de las organizaciones profesionales.
TÍTULO I. Capítulo Cuarto. De las Garantías de las Libertades y Derechos Fundamentales (artículos 53 y 54)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 53
Obliga a que sea solo por ley la regulación de los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo 2º del Título 1º. Permite a cualquier ciudadano recabar ante los Tribunales Ordinarios la tutela de los derechos y libertades reconocidos en el Artículo 14 y la sección primera del Capítulo 2º del Título 1º de forma preferente y sumaria.
Artículo 54
Trata Sobre la figura del Defensor del Pueblo y sus funciones.
TÍTULO I. Capítulo Quinto. De la Suspensión de los Derechos y Libertades (artículos 55)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 55
Determina aquellos derechos que pueden ser suspendidos en caso de estado de excepción o de sitio. Determina las condiciones en que determinados derechos puedan ser suspendidos para personas determinadas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas.
TÍTULO II. De la Corona (artículos 56 a 65)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 56
Define las funciones básicas del Rey, los títulos que le corresponden y la inviolabilidad de su persona. Determina la inviolabilidad de la persona del Rey.
Artículo 57
Define el proceso de sucesión de la Corona.
Artículo 58
Determina las funciones que puede asumir la Reina consorte o el consorte de la Reina.
Artículo 59
Define las circunstancias relacionadas con la Regencia.
Artículo 60
Define las circunstancias relacionadas con la tutela del Rey en caso de ser este menor de edad.
Artículo 61
Define el juramento a realizar por el Rey al ser proclamado como tal, o el juramento a realizar por el Príncipe heredero que se convierte en Rey o el Regente al tomar su cargo.
Artículo 62
Define las distintas funciones que corresponde al Rey.
Artículo 63
Determina la facultad del Rey para acreditar embajadores y representantes diplomáticos. Determina la facultad del Rey para manifestar el consentimiento del Estado para aceptar tratados internacionales. Determina la facultad del Rey para declarar la guerra y hacer la paz.
Artículo 64
Determina quién refrenda los actos del Rey y quienes son responsables por estos actos.
Artículo 65
Establece la percepción por parte del Rey de una cantidad proveniente de los Presupuestos del Estado para el mantenimiento de su Familia y Casa. Determina la facultad del Rey para nombrar y relevar libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
TÍTULO III. De las Cortes Generales
TÍTULO III. Capítulo Primero. De las Cámaras (artículos 66 a 80)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 66
Establece la composición de las Cortes Generales y su principal función.
Artículo 67
Trata sobre los miembros de las Cortes Generales.
Artículo 68
Establece el número mínimo y máximo de Diputados del Congreso. Establece la distribución de Diputados elegidos según circunscripción. Establece el proceso de elección de los Diputados del Congreso.
Artículo 69
Establece el proceso de elección de los miembros del Senado, así como el número que corresponde a cada territorio.
Artículo 70
Determina los casos en que un ciudadano no puede ser elegido Diputado o Senador debido a incompatibilidad con su ocupación.
Artículo 71
Define la inviolabilidad de los Diputados y Senadores. Define cómo se determina la asignación que perciben Diputados y Senadores.
Artículo 72
Determina quién establece los reglamentos de las Cámaras. Determina la función principal del Presidente de cada Cámara así como quién debe elegirlo.
Artículo 73
Trata sobre las reuniones ordinarias y extraordinarias que convoquen las Cámaras.
Artículo 74
Trata sobre las reuniones en sesión conjunta de ambas Cámaras.
Artículo 75
Establece el funcionamiento en Pleno y por Comisiones de las Cámaras. Define la función de las Comisiones Legislativas Permanentes.
Artículo 76
Trata sobre las comisiones de investigación nombradas por las Cámaras.
Artículo 77
Define la forma en que las Cámaras reciben peticiones de los ciudadanos, y la forma en que estas peticiones se traspasan al Gobierno.
Artículo 78
Establece las funciones de las Diputaciones Permanentes.
Artículo 79
Establece la forma en que las Cámaras llegan a acuerdos a través de los votos de sus miembros.
Artículo 80
Establece cuando las sesiones plenarias de las Cámaras con públicas o privadas.
TÍTULO III. Capítulo Segundo. De la Elaboración de las Leyes (artículos 81 a 92)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 81
Trata sobre las leyes orgánicas y las exigencias necesarias por parte del Congreso para aprobarlas, modificarlas o derogarlas.
Artículo 82
Establece la delegación legislativa otorgada al Gobierno por las Cámaras y las condiciones en que ésta puede producirse. Determina la forma en que las leyes de base controlan el alcance de la delegación legislativa.
Artículo 83
Determina lo que no puede hacer una ley de base.
Artículo 84
Describe la circunstancia producida cuando una proposición de ley o enmienda es contraria a una delegación legislativa.
Artículo 85
Describe el concepto de Decretos Legislativos.
Artículo 86
Determina el concepto de Decreto Ley y la forma en que éstos deben ser debatidos y aceptados o no.
Artículo 87
Establece quién puede presentar proposiciones de ley y en qué circunstancias.
Artículo 88
Establece dónde se aprueban los proyectos de ley.
Artículo 89
Establece la forma en que se tramitan los proyectos de ley cómo se determinan las prioridades de éstos.
Artículo 90
Establece el proceso justamente posterior a la aprobación de un proyecto de ley.
Artículo 91
Determina cuando una ley aprobada es sancionada por el Rey.
Artículo 92
Establece que decisiones deben ser sometidas a referéndum, y en qué condiciones.
TÍTULO III. Capítulo Tercero. De los Tratados Internacionales (artículos 93 a 96)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 93
Determina la forma en que se puede autorizar la celebración de un tratado que atribuya a una organización internacional competencias de la Constitución.
Artículo 94
Establece los tipos de tratados internacionales en los que el Gobierno necesita la autorización de las Cortes Generales para aceptarlos.
Artículo 95
Describe los pasos a seguir si un tratado internacional es contrario a la Constitución.
Artículo 96
Establece la forma en que adoptan los tratados internacionales y la forma en que pueden ser derogadas, modificadas o suspendidas sus disposiciones.
TÍTULO IV. Del Gobierno y de la Administración (artículos 97 a 107)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 97
Describe la función principal del Gobierno.
Artículo 98
Describe la función principal del Presidente del Gobierno. Establece la composición del Gobierno. Determina las incompatibilidades de los miembros del Gobierno.
Artículo 99
Describe los pasos en el nombramiento del Presidente del Gobierno.
Artículo 100
Determina la forma de nombrar a los demás miembros del Gobierno aparte del Presidente.
Artículo 101
Describe las causas de cese del Gobierno.
Artículo 102
Establece cuestiones relacionadas con la responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno.
Artículo 103
Determina cómo se regula la creación y funcionamiento de las Administraciones Públicas.
Artículo 104
Describe las funciones principales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y cómo son reguladas.
Artículo 105
Establece cómo se regulará la participación ciudadana en los procesos administrativos.
Artículo 106
Determina cómo se controla la actuación de las administraciones públicas y los derechos del ciudadano perjudicado por la actuación de las mismas.
Artículo 107
Describe la función y regulación del Consejo de Estado.
TÍTULO V. De las Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales (artículos 108 a 116)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 108
Determina cómo responde el Gobierno ante el Congreso de los Diputados.
Artículo 109
Establece la posibilidad de las Cámaras para recabar información del Gobierno, de sus departamentos y autoridades y de las Comunidades Autónomas.
Artículo 110
Regula la asistencia de miembros del Gobierno a las Cámaras y Comisiones.
Artículo 111
Determina la obligación de los miembros del Gobierno a responder a las preguntas de las Cámaras.
Artículo 112
Describe la presentación y aceptación de mociones de confianza.
Artículo 113
Describe las cuestiones referentes a la presentación de mociones de censura.
Artículo 114
Determina lo que le sucede al Presidente cuando pierde una moción de confianza o es aprobada una moción de censura en su contra.
Artículo 115
Establece las cuestiones referentes a la disolución del Congreso y Senado a petición del Presidente.
Artículo 116
Describe la declaración de estados de alarma, excepción y sitio.
TÍTULO VI. Del Poder Judicial (artículos 117 a 127)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 117
Establece quién compone el poder judicial y sus funciones y limitaciones principales.
Artículo 118
Establece la obligatoriedad de cumplir las resoluciones del poder judicial.
Artículo 119
Determina la gratuidad de la justicia.
Artículo 120
Determina que las actuaciones judiciales sean públicas, los procedimientos orales y las sentencias motivadas…
Artículo 121
Regula la indemnización en caso de error judicial.
Artículo 122
Describe cómo se establece el funcionamiento de los Juzgados y Tribunales y del estatuto jurídico de los miembros que los componen. Establece qué es el Consejo del Poder Judicial y cómo se eligen sus miembros componentes.
Artículo 123
Describe la función principal del Tribunal Supremo y la elección del Presidente del mismo.
Artículo 124
Describe la función del Ministerio Fiscal, cómo está regulado y cómo es elegido el Fiscal General del Estado.
Artículo 125
Describe cómo participan los ciudadanos en la Administración de Justicia.
Artículo 126
Determina la función de la policía judicial.
Artículo 127
Determina las incompatibilidades de los Jueces y Magistrados, así como Fiscales durante el desempeño de su labor.
TÍTULO VII. Economía y Hacienda (artículos 128 a 136)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 128
Establece la subordinación al interés general de toda la riqueza del país.
Artículo 129
Determina como se establece la participación de los ciudadanos en la Seguridad Social así como la promoción de la participación en la empresa.
Artículo 130
Establece la necesidad de modernizar y desarrollar los sectores económicos para equiparar el nivel de vida de los españoles.
Artículo 131
Describe los proyectos de planificación económica elaborados por el Gobierno.
Artículo 132
Determina cómo se regula el régimen jurídico de los bienes de dominio público.
Artículo 133
Regula quién tiene potestad para establecer tributos. Regula en qué circunstancias se pueden obtener beneficios que afecten a los tributos del Estado o gastar dinero público.
Artículo 134
Describe el proceso de elaboración y aprobación de los Presupuestos Generales del Estado.
Artículo 135
Describe la forma en que las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestarias. Determina de qué forma deberá controlarse el déficit estructural y en qué circunstancias puede ser éste rebasado.
Artículo 136
Describe las funciones principales y organización del Tribunal de Cuentas.
TÍTULO VIII. De la Organización Territorial del Estado
TÍTULO VIII. Capítulo Primero. Principios Generales (artículos 137 a 139)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 137
Describe la organización territorial del Estado.
Artículo 138
Establece las garantías del Estado en lo que se refiere al principio de solidaridad y el equilibrio económico entre territorios.
Artículo 139
Establece la vigencia de los derechos y obligaciones de los españoles en todo el territorio del Estado. Determina la libre circulación de ciudadanos y bienes por el territorio español.
TÍTULO VIII. Capítulo Segundo. De la Administración Local (artículos 140 a 142)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 140
Describe la autonomía de los municipios y su forma de gobierno.
Artículo 141
Describe el estatuto jurídico de la provincia, su gobierno y organización.
Artículo 142
Establece la forma de financiación de las Haciendas Locales.
TÍTULO VIII. Capítulo Tercero. De las Comunidades Autónomas (artículos 143 a 158)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 143
Determina la forma en que un territorio se constituye en una Comunidad Autónoma, quién toma la iniciativa y las mayorías necesarias.
Artículo 144
Describe las situaciones en las que las Cortes Generales pueden autorizar la constitución de una Comunidad Autónoma en casos especiales o tomar la iniciativa en el proceso.
Artículo 145
Determina las circunstancias en las que las Comunidades Autónomas pueden llegar a acuerdos de cooperación entre ellas.
Artículo 146
Describe el proceso de elaboración del proyecto de Estatuto de una Comunidad Autónoma.
Artículo 147
Determina la facultad de norma principal que tienen los Estatutos, así como el contenido que deben incluir obligatoriamente.
Artículo 148
Establece las materias en las que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias.
Artículo 149
Establece las materias en las que el Estado tiene competencia exclusiva.
Artículo 150
Describe la relación entre Estado y Comunidades Autónomas en el caso de traspaso de competencias.
Artículo 151
Establece los pasos a seguir para aprobar de forma rápida el proyecto de Estatuto de un territorio constituido en Comunidad Autónoma.
Artículo 152
Describe la organización institucional de la Comunidad Autónoma que debe aparecer en el Estatuto aprobado.
Artículo 153
Describe cómo se realiza el control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas.
Artículo 154
Determina el nombramiento de un Delegado como director de la Administración del Estado en la Comunidad Autónoma.
Artículo 155
Establece los pasos a seguir en el caso en que una Comunidad Autónoma no cumpla las obligaciones impuestas por la Constitución y las Leyes.
Artículo 156
Establece la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas y su colaboración con el Estado para la recaudación de tributos.
Artículo 157
Describe la forma que tiene una Comunidad Autónoma de obtener recursos y la prohibición de aplicar tributos a bienes de fuera del territorio de la Comunidad.
Artículo 158
Determina la posibilidad de establecer una asignación a una Comunidad Autónoma de los Presupuestos Generales del Estado según su aportación.
TÍTULO IX. Del Tribunal Constitucional (artículos 159 a 165)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 159
Determina la composición del Tribunal Constitucional y forma de elección de sus miembros.
Artículo 160
Determina el nombramiento del Presidente del Tribunal Constitucional.
Artículo 161
Establece la jurisdicción del Tribunal Constitucional y cuáles son sus competencias.
Artículo 162
Determina qué órganos o personas están legitimadas para interponer recursos de inconstitucionalidad y recursos de amparo.
Artículo 163
Describe la presentación de cuestiones al Tribunal Constitucional relativas a fallos judiciales basados en leyes aplicadas no constitucionales.
Artículo 164
Describe la publicación de sentencias del Tribunal Constitucional y su valor como cosas juzgadas.
Artículo 165
Establece la regulación del funcionamiento del Tribunal Constitucional a partir de una ley orgánica.
TÍTULO X. De la Reforma Constitucional (artículos 166 a 169)
ART.
TEMA TRATADO
Artículo 166
Describe quién ejerce la iniciativa de reforma constitucional.
Artículo 167
Describe los pasos que siguen los proyectos de reforma constitucional para ser finalmente aprobados.
Artículo 168
Describe el proceso de reforma constitucional cuando se vean afectados el Título Preliminar, el Capítulo 2º Sección 1ª del Título I, o el Título II…
Artículo 169
Establece cuando no puede iniciarse una reforma constitucional.
DISPOSICIONES ADICIONALES (primera a cuarta)
DISP.
TEMA TRATADO
Primera
Determina el respeto de la Constitución sobre los derechos históricos de los territorios forales.
Segunda
Describe la no incompatibilidad de la mayoría de edad con los derechos forales en el ámbito del Derecho privado.
Tercera
Establece el requerimiento de un informe previo de la Comunidad Autónoma en el caso de modificación del régimen económico y fiscal de las Canarias.
Cuarta
Determina el mantenimiento de las Audiencias Territoriales en el caso de que haya más de una en una misma Comunidad Autónoma.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS (primera a novena)
DISP.
TEMA TRATADO
Primera
Establece la iniciativa del derecho de autonomía a los órganos colegiados superiores de un territorio con un régimen provisional de autonomía.
Segunda
Establece el acceso a la autonomía de territorios que hubiesen plebiscitado afirmativamente proyectos de Estatuto de Autonomía y cuenten con regímenes provisionales de autonomía.
Tercera
Determina la pausa en la iniciativa del proceso autonómico para las Corporaciones Locales hasta la celebración de las primeras elecciones después de aprobarse la Constitución.
Cuarta
Describe los pasos a seguir en el caso de que Navarra decidiera incorporarse al País Vasco.
Quinta
Determina la posibilidad de Ceuta y Melilla para constituirse en Comunidades Autónomas.
Sexta
Establece el orden de estudio de los proyectos de Estatuto en el caso de que se presenten varios al mismo tiempo.
Séptima
Describe cuando se consideran disueltos los organismos provisionales autonómicos.
Octava
Describe los pasos a realizar en el momento de aprobar la Constitución.
Novena
Describe la puesta en funcionamiento del Tribunal Constitucional.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Enumera las leyes que quedan derogadas al aprobarse la Constitución.
DISPOSICIÓN FINAL
Establece cuando entrará en vigor la Constitución.
Gestionar el consentimiento de las cookies
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional
Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos.El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu Proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.